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    المؤلفون: Amado Abril, Jesús Hernando

    جغرافية الموضوع: Bogotá

    العلاقة: ALLI ARANGUREN, Juan-Cruz. Derecho Administrativo y Globalización. Madrid: Thomson Civitas, 2004.; ALTAMIRA GIGENA, Julio Isidro, Responsabilidad del estado. Buenos Aires: Editorial Astrea, 1973.; ALVAREZ LONDOÑO, Luis Fernando. Derecho Internacional público. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, 2007.; AMADO ABRIL, Jesús Hernando. El Derecho Administrativo Global y las aplicaciones tecnológicas para el transporte individual. Salamanca (España): Universidad de Salamanca, 2016.; AMATUCCI Andrea, Historia del Derecho de la hacienda pública y del Derecho tributario en Italia: el aporte del pensamiento jurídico financiero de la Italia meridional. Bogotá: Temis, 2004.; ARIÉS, Philippe, El niño y la vida familiar en el Antiguo Régimen. Madrid: Ediciones Taurus, 1987.; ARIÑO ORTIZ, Gaspar. Economía y Estado – Crisis y reforma del sector público. Madrid: Marcial Pons, 1993.; ARTOLA GALLEGO, Miguel, Antiguo régimen y revolución liberal. Barcelona: Ariel, 1978. AUBI, J. La Globalización, El Derecho y El Estado. Sevilla: Global Law Press. Editorial Derecho Global, 2012.; BARANDICA DOMINGUEZ, Adalberto, La Globalización del Derecho frente al contrato público global (modelo de contrato público global). Barranquilla: Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, 2013.; BARÓN BARRERA, Guillermo, Transformación del Derecho Administrativo en Derecho económico. Bogotá: Ediciones de la U, 2015.; BARNES, Javier. Editor y coordinador. Las transformaciones del Derecho Administrativo. Sevilla: Editorial Derecho Global-Global Law Press, 2008; BATTINI, Stefano. International Organizations and Private Subjects: A Move Toward a Global Administrative Law? Institute for International Law and Justice New York University School of Law, 2005; BAUMAN, Zygmunt. Tiempos Líquidos. Vivir en una época de incertidumbre. Tusquets Editores México S.A. de C.V. México DF, 2008.; ————. La Globalización: consecuencias humanas. Segunda edición en español. México: Fondo de Cultura Económica, 2002.; BAUMAN, Zygmunt y BORDONI, Carlo. Estado de crisis. España: Espasa Libros, S.L.U., Barcelona, 2016.; BECK, U. Poder y contrapoder en la era global. Barcelona: Paidós Ibérica S, 2004; BELADIEZ ROJO, Margarita. Los principios jurídicos, Tecnos, Madrid, 1994.; ————. Validez y eficacia de los actos administrativos, Marcial Pons, Madrid, 1994.; BENITES MONTEIRO, Rodrigo & RAMUNDO WALTER, Marcelo. O estado de Bodin no estado do homem renascentista. Revista de Historia, núm. 152, junio, 2005. Universidad de São Paulo; BENJAMÍN GONZÁLEZ, Alonso. Las raíces ilustradas del ideario administrativo, Dela Ilustración al liberalismo. Centro de Estudios Constitucionales. Madrid, 1995.; BONNIN BAPTISTE, Charles-Jean, Principios de Administración pública, Fondo de Cultura Económica, México, 2004.; BREBER-CARIAS, Allan R. “El proceso de huida y de recuperación del Derecho Administrativo”. Artículo que forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, 2008.; BRESSER PEREIRA, Luis Carlos. “De la Administración Pública Burocrática a la Gerencial”. Documento extraído en marzo de 2017; BRICEÑO DE VALENCIA, María Teresa, ZAMBRANO, CETINA, William y ALVARADO ARDILA, Víctor Hernando. Instituciones del Derecho Administrativo en el nuevo código: una mirada a la luz de la Ley 1437 de 2011. Consejo de Estado. Sala de Gobierno: Banco de la República, Bogotá D.C., 2012.; BURBANK, Jane y COOPER, Frederick. Imperios, Crítica. Barcelona, 2011.; BURGOS SILVA, José German. La judicialización del Derecho Internacional en el Contexto de la Globalización. En: El acceso al Derecho Global. El otro Derecho. Bogotá, 2001.; CALDERÓN ORTEGA, José Manuel. Felipe el Hermoso, Espasa, Madrid, 2001.; CARBONELl, M. Constitucionalismo y democracia. Ensayos críticos. México: Porrúa, 2004.; CARRE DE MALBERG, Raymond, Teoría General del Estado, Fondo de Cultura Económica, México, 1948.; CASSESE Sabino. Derecho Administrativo: Historia y futuro. INAP. Madrid, 2014.; ————. Las tres etapas de la constitucionalización del Derecho Administrativo, en La constitucionalización del Derecho Administrativo -XV jornadas internacionales de Derecho Administrativo-, Universidad Externado de Colombia, Bogotá D.C., 2014; ————. “Administrative law Without the State? The Challenge of global Regulation”, en New York University Journal of International Law and Politics, n° 37, New York, New York University School of Law, 2005.; ————. La construction du Droit administratif: France et Royaume-Unie. Montchrestien. París, 2000.; ————. La Globalización jurídica, Madrid, Marcial Pons – INAP, 2006.; ————. “El espacio Jurídico Global. En: Revista de Administración pública. Nº 157, 2002.; COSSALTER, P. Les grands arrêts de la jurisprudence administrative. Mémoire pour le DEA de Droit Public Interne de L’Université Panthéon-Assas (Paris II), 1999.; CUÉTARA, Juan Miguel de la. Título, La actividad de la Administración: lecciones de Derecho Administrativo, Tecnos, Madrid, 1983.; DARESTE, Rodolphe. Études sur les origines du contentieux administratif en France. II. Le Conseil d’État., en Revue historique de droit français et étranger (1855- 1869). Vol. 1 (1855). Editorial Dalloz. pp. 239-271. Recuperado de http:// www.jstor.org/stable/43840228; DE SOUSA SANTOS, Boaventura. La Globalización del Derecho. Los nuevos caminos de la regulación y la emancipación. Santa Fe de Bogotá: Facultad de Derecho, Ciencias Políticas UN, ILSA. 2002.; DE TOCQUEVILLE, Alexis. La democracia en América. México: Fondo de cultura económica, décimo quinta reimpresión, 2011.; —————El antiguo régimen y la Revolución. México, Fondo de Cultura Económica, 2012.; DEL SAZ CORDERO, Silvia. La huida del Derecho Administrativo: últimas manifestaciones: Aplausos y críticas. En: Revista de Administración pública. Madrid. 1994. N° 133.; DESCHNER, Karlheinz, Alta edad media: el auge de la dinastía carolingia, Ediciones Martínez Roca, Barcelona, 1995.; DEZALAY, Yves y GARTH, Bryant G. “La internacionalización de las luchas por el poder”. Traducción Antonio Barreto. Coedición: ILSA Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos. Bogotá, 2002.; DOMENECH PASCUAL, Gabriel. Derechos fundamentales y riesgos tecnológicos. El derecho del ciudadano a ser protegido por los poderes públicos. Centro de estudios políticos y constitucionales. Madrid, 2006.; DUBET, Anne. La hacienda real de la Nueva Planta (1713-1726), entre fraude y buen gobierno, Fondo de Cultura Económica, México, 2015.; DUBY, Georges. Europa en la edad media, Planeta-De Agostini, Barcelona, 1994.; DWORKIN, Ronald. Los Derechos en serio. Planeta Agostini. Barcelona, 1977.; ELIAS, Norbert. El proceso de la civilización. México, FCE, 1988.; ESCOBAR MARTÍNEZ, Lina Marcela. La Huida del Derecho Administrativo, En: Revista Holística Jurídica N.3. Universidad San Buenaventura. Medellin, 2005.; ESTY, Daniel C. Good Governance at the Supranational Scale: Globalizing Administrative Law, 115 Yale Law Journal, 1490, 2006; FOUCAULT, Michel. Seguridad, territorio y población. México: Fondo de Cultura Económica, 2014.; FALCAO MARTINS, Humberto y MARINI, Caio. Una guía de gobernanza para resultados en la Administración Pública. Brasilia –DF-: Publix Editora, 2010.; FORERO SALCEDO, José Rory. Fundamentos constitucionales de la potestad disciplinaria del Estado colombiano. La influencia del Derecho comparado. Bogotá: Universidad Libre, primera edición, 2011.; FORSTHOFF, Ernst. Tratado de Derecho Administrativo. Instituto de Estudios Políticos. Madrid, 1958.; GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, décima octava época, México 15 de julio de 2015, No. 133 Bis.; GARCÍA DE ENTERRÍA, Eduardo y FERNÁNDEZ, Tomás Ramón. Curso de Derecho Administrativo I. Editorial Civitas. S. A. Madrid, 1995.; ————. La lengua de los Derechos: la formación del Derecho público europeo tras la Revolución Francesa, Alianza Editorial, Madrid, 1999.; ————. Prólogo a Chinchilla Lozano en Nuevas perspectivas del Derecho Administrativo,Uned-Civitas, Madrid,1992.; ————. Revolución francesa y Administración Contemporánea, Madrid, 1984.; ————. Turgot y los orígenes del municipalismo moderno. En: Revista de Administración pública. Nº 33. Madrid, 1960.; GARCÍA-HERREROS SALCEDO, Orlando. Lecciones de Derecho Administrativo, Institución Universitaria Sergio Arboleda, Bogotá D.C., 1994.; GARCÍA-PELAYO, Manuel. Las Transformaciones del Estado Contemporáneo. Madrid. Alianza, 1996; GARZÓN OSPINA, Andrés Fernando. La constitucionalización del Derecho Administrativo. En la constitucionalización del Derecho Administrativo- XV JORNADAS-. Universidad Externado de Colombia, 2014.; GAY, Vicente. La hacienda social: fiscalismo, capitalismo y sociología financiera, Aguilar, Madrid, 1948.; GÓMEZ CARDONA, Efraín. La Responsabilidad del Estado en la Constitución de 1991, Biblioteca Jurídica Dike, Medellín, 1995.; GONZÁLEZ FRANCO, Diana Julieth. La operación fénix: Evaluación del sistema de solución de controversias de la OEA a la luz del Derecho Administrativo Global. Universidad Nacional de Colombia, Bogotá, 2013.; GONZÁLEZ LATORRE, Indira. El juez administrativo colombiano. ¿Un actor influyente en el fortalecimiento del Estado social y constitucional de Derecho? Universidad del Rosario, 2015.; GONZÁLEZ LAYA, Arancha. Globalización y Derecho. Una visión desde la organización mundial del comercio, en Derecho Administrativo Global. INAP. Madrid. Marcial Pons Ediciones Jurídicas y sociales, 2010.; GORDILLO, Agustín. Director. El nuevo Derecho Administrativo en América Latina. Buenos Aires: Ediciones Rap S.A, 2009.; GUÉRARD, Stephan. Le juge administratif en France. Contemporary Readings in Law and Social Justice Volume 5(2), 2013.; GUERRERO OROZCO, Omar. El origen de la ciencia de la Administración. Editorial Publimex, S.A. México, 1990.; ————. Introducción a la Administración Pública. México, Harper and Row Latinoamericana, 1984.; ————. La Teoría de la Administración Pública. Textos Universitarios en ciencias sociales. México, 2000.; ————. Principios de Administración pública. Escuela Superior de Administración Pública, Bogotá D.C., 1997.; ————. Las ciencias camerales: origen común de la ciencia de la administración y la economía política durante el absolutismo alemán. En: Revista de Administración Pública. Colegio de Ciencias Sociales. Universidad de Puerto Rico, 1985.; ————. Las ciencias de la Administración en el Estado absolutista. Distribuciones Fontamara. México, 1986.; ————. Los Grandes Maestros de la Administración pública. Revista de Gestión Pública 15. Volumen IV, Número 1. Enero-junio 2015.; GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. Universidad Libre. Facultad de Derecho. Centro de Investigaciones Socio Jurídicas. Bogotá, 2011.; HABËRLE, Peter. El Estado constitucional. Buenos Aires, Argentina: Editorial Astrea de Alfredo y Ricardo Depalma SRL, 2007.; HARMON, Michael M. y MAYER, Richard. Fundamentos de la teoría de las organizaciones y la Administración Pública. En Teoría de la organización para la Administración Pública. Fondo de Cultura Económica. Primera edición. México, 1999.; HARMON, Michael M. y MAYER, Richard T. Teoría de la organización para la Administración Pública. México: Colegio Nacional de Ciencias Políticas y Administración Pública A.C., Fondo de Cultura Económica, 2001.; HAURIOU, Maurice. Obras escogidas. Instituto de Estudios Administrativos. Madrid, 1976.; HENAO HIDRÓN, Javier. Administración Pública Económica. Medellín: L. Vieco e Hijas Ltda, 2012.; INGLEHART, Ronal. Modernización y posmodernización. El cambio cultural, económico y político en 43 sociedades. Traducción María teresa Casado. Editorial Centro de Investigaciones Sociológicas. Madrid, 2001; JIMÉNEZ, William Guillermo. Globalización jurídica Estado-nación y territorio. Universidad Libre de Colombia. Bogotá. 2015.; KELSEN, Hans. Teoría General del Estado. Editora Nacional. México, 1957.; KEYNES, John Maynard. Teoría General del Empleo, el Interés y el Dinero. Biblioteca de Grandes Economistas del Siglo XX. Madrid: Ediciones Aosta,1998.; ————. Tratado del dinero: Teoría pura y aplicada del dinero. Biblioteca de Grandes Economistas del Siglo XX. Madrid: Ediciones Aosta, 1996.; KINGSBURY & STEWART. Hacia el Derecho Administrativo Global. Principios, fundamentos y aplicación. Sevilla: Global LawPress. Editorial Derecho Global, 2012.; KINGSBURY Benedict, KRISCH, Nico and STEWART Richard B. The Emergence of Global Administrative Law. 68 Law & Contemporary Problems 15, 2005.; ————. El surgimiento del Derecho Administrativo Global. Revista de Derecho Público. Universidad de los Andes. Marzo 2010.; KINGSBURY, Benedict y KRISCH, Nico. “Introduction: Global governance and Global administrative law in the International legal order.” European Journal of International Law 17(1): 1-14. 2006.; KINGSBURY, Benedict, KRISCH, Nico, STEWART, Richard, WIENER, Jonathan. “Foreword: Global governance as administration–nation and transnational Approaches to Global administrative law.” Law and contemporary problems 68(3-4): 1-13. 2005.; KINGSBURY, Benedict. y otros. Foreword: Global governance as administration–nation and transnational Approaches to Global administrative law. 2006.; KINGSBURY, Benedict, y STEWART, Richard B. Hacia el Derecho Administrativo Global: fundamentos, principios y ámbito de aplicación. Global Law Press-Editorial Derecho Global. Sevilla, España, 2016; LADEUR, Karl-Heinz. The emergence of global administrative law and transnational regulation. International Law and Justice Working Papers. New York University School of Law. 2011.; LARENZ, Karl. La filosofía contemporánea del Derecho y del Estado. Bogotá: Ediciones Jurídicas Axel, 2009.; LE GOFF, Jacques, Mercaderes y Banqueros de la Edad Media. Barcelona: Oikos-tau, S.A, 1991.; —————-. ¿Nació Europa en la Edad Media?, Crítica, Barcelona, 2011.; LEGENDRE, Pierre. Histoire de l’administration de 1750 à nos jours. PUF. Paris, 1968.; LETOURNEUR, Maxime. El consejo de Estado Francés. Escuela Superior de Administración Pública. Bogotá, 1968.; LONG Marcel, WEIL Prosper, BRAIBANT Guy. Los grandes fallos de la jurisprudencia administrativa francesa. Ediciones Librería el profesional. Primera edición.Bogotá, 2000.; LONG, Marceau, Les grand sarrêts de la jurisprudence administrative. Ed. Dalloz, Paris, 2015.; MACCHIA, Marco. The Domestic Implementation of International Regulatory Norms: Department of Transportation v. Public Citizen, en Global administrative law cases, materials, issues. IILJ. New York, 2008.; MALAGÓN PINZÓN, Miguel Alejandro. Vivir en policía. Universidad Externado de Colombia. Bogotá, 2007.; MANNORI, Luca. Justicia y Administración entre antiguo y nuevo régimen. R. ROMANELLI (a cura di), Magistrati e potere nella storia europea. Trad. Alejandro Agüero y Mª Julia Solla. Bologna, 1997; MARTÍN REBOLLO, Luis. Sobre el nuevo concepto de servicio público en Europa y sus posibles implicaciones futuras. En: Actualidad de los servicios públicos en Iberoamérica. México, 2008.; MARTÍNEZ GIJÓN, José. La legislación. En: Historia general de España y América – La crisis de la hegemonía española siglo XVI-. Tomo VII. Ediciones Rialp. Madrid, 1991; MAYNTZ, Renate. El Estado y la sociedad civil en la gobernanza moderna. En: Revista del CLAD Reforma y Democracia. No. 21. Caracas, 2001.; ————.Los Estados nacionales y la gobernancia Global. En: Revista del CLAD Reforma y Democracia. Caracas, 2002.; MC LUHAN, Marshall. La galaxia de Gutenberg, Origen Planeta, México, 1985.; MELO ACOSTA, Fernando. La responsabilidad objetiva de la Administración pública, Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá D.C., 1991.; MING-SUNG, Kuo. On the constitutional question in Global governance: Global administrative law and the conflicts-law Approach in comparison. In Global Constitutionalism. Cambridge University Press. United Kingdom,. 2013.; MÍNGUEZ, José María. Las claves del período carolingio: 723-879, Editorial Planeta, Barcelona, 1991.; MOCKLE, Daniel. Le débat sur les principes et les fondements du droit administratif global. Les Cahiers de droit, 2012. ————. Les Cahiers de droit, Volume 53, número 1, marzo 2012.; MODERNE, Franck. La responsabilité du maître de l’ouvrage. Revue de droit immobilier. Vol. 24, Nº 6, 2002.; MONTAÑA PLATA, Alberto. El Estado de Derecho y la idea constitucional de un Derecho Administrativo. En: La constitucionalización del Derecho Administrativo–XV JORNADAS-. Universidad Externado de Colombia, 2014; ————. Fundamentos de Derecho Administrativo. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2010.; MONTERO PASCUAL, Juan José y otros. Director. La regulación de la economía colaborativa. Airbnb, Bla Bla Car, Uber, y otras plataformas. Editorial Tirant Lo Blanch. Valencia, España, 2017.; MÜHLBACHER, Engelbert. Deutsche Geschichte unter den Karolingern. Ernst Dümmler; mit nachwort und schrifttumsverzeichnis von Harold. Alemania, 1896.; MULLER, Pierre. Las Políticas públicas. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2010.; NGLEHART, Ronal. Modernización y posmodernización. El cambio cultural, económico y político en 43 sociedades. Traducción María teresa Casado. Editorial Centro de Investigaciones Sociológicas. Madrid, 2001.; NIETO, Alejandro. Estudios históricos sobre Administración y Derecho Administrativo. Instituto Nacional de Administración Pública, Madrid, 1986.; ORDOÑEZ-MATAMOROS, Gonzalo. / Director. Manual de análisis y diseño de políticas públicas. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2013.; ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO –OCDE-. COLOMBIA. Políticas prioritarias para un desarrollo inclusivo. Enero 2015. Obtenido de: https://www.oecd.org/about/publishing/colombia-politicas-prioritarias-para-un-desarrollo-inclusivo.pdfTest; ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO –OCDE-. Estudios económicos de la OCDE Colombia. Mayo 2017. Visión general. Obtenido de http://www.oecd.org/eco/surveys/Colombia-2017-OECD-economic-survey-overview-spanish.pdfTest; PAREJO, Luciano. Lecciones de Derecho Administrativo. Tirant lo Blanch. Valencia, 2007.; PENAGOS VARGAS, Gustavo. Fundamentos del acto y del Derecho Administrativo según los sistemas políticos. Bogotá: Ediciones Librería el Profesional, 2001.; —————-. Bases jurídico-políticas del Derecho Administrativo: el consejo de Estado Francés, origen del Derecho Administrativo, Ediciones Doctrina y Ley, Bogotá D.C., 2009.; ————. Curso de Derecho Administrativo, Librería del Profesional, Bogotá D.C., 1988.; ————. El Consejo de Estado de Francia: origen del Derecho Administrativo en el mundo. Librería del Profesional. Bogotá. 1993.; PEÑA TORRES, Diego Isaías. La construcción del Derecho Administrativo Colombiano. Bogotá: Editorial Temis, 2008.; PÉREZ MARCOS, Regina María. (Coordinadora). Teoría y práctica de gobierno en el antiguo régimen, Marcial Pons, Madrid, 2001.; PETIT-DUTAILLIS, Charles Edmond, La monarquía feudal en Francia y en Inglaterra (siglos X a XII). Editorial Hispano-Americana, México, 1961.; PIERRE, Legendre. Histoire de l’administration de 1750 à nos jours. PUF. Paris, 1968.; PIKETTY, Thomas. El capital en el siglo XXI. México: Fondo de Cultura Económica, 2014.; PONCE SOLÉ, Juli. Procedimiento Administrativo, buena Administración y Globalización. En: el seminario «Derecho Administrativo europeo y Derecho Administrativo Global: elementos para una comparación», Facultad de Ciencias Políticas de la Universita degli Studi de ltalia, Tuscia,14 de noviembre de 2008.; —————. Coordinador. Derecho Administrativo Global. Organización, procedimiento, control judicial. Madrid: Marcial Pons, Ediciones jurídicas y sociales, S.A., 2010.; RATTON SÁNCHEZ, Michelle. El Proyecto ‘Derecho Administrativo Global’: Una Reseña desde Brasil. Revista de Derecho Público. Universidad de los Andes. Marzo 2010.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA DE LA LENGUA. Diccionario de la Lengua Española. Vigésima Segunda Edición. Tomo 5. Madrid, 2001.; RESTREPO MEDINA, Manuel Alberto y Otros. Globalización del Derecho Administrativo, Estado Regulador y Eficacia de los Derechos. Editorial Universidad del Rosario. Bogotá, 2012.; RESTREPO MEDINA, Manuel Alberto. / Editor académico. Derecho Administrativo. Reflexiones contemporáneas. Bogotá: Editorial Universidad del Rosario, 2017.; ————. Burocracia, Gerencia publica y Gobernanza. En: Dialogo de saberes. Bogotá. 2009.; RIVERO ORTEGA, Ricardo. Derecho Administrativo económico. Madrid: Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales S.A., Séptima Edición, 2015.; RODRÍGUEZ RODRIGUEZ, Libardo, Derecho Administrativo general y colombiano, Temis, Bogotá D.C., 2015.; ————. Derecho Administrativo, ESAP, Bogotá D.C., 1980-1981.; ————. Un siglo de jurisdicción administrativa y Derecho Administrativo en Colombia, Temis, Bogotá D.C., 2013.; ————. La explicación histórica del Derecho Administrativo. Estudio publicado En: Derecho Administrativo, en homenaje a Jorge Fernández Ruíz, Universidad Autónoma de México y Asociación mexicana de Derecho Administrativo, México, 2013. Recuperado de http://derechoydebate.comTest/ admin/uploads/567881a6c50ac-libardo-rodrguez-derecho-administrativo-global.pdf; RIVERO, Jean. Derecho Administrativo. Instituto de Derecho Público. Facultad de Ciencias Jurídicas y políticas. Universidad Central de Venezuela. Caracas, 1984.; ROBLEDO DE DIOS, Tomas Jesús. Auxiliares de la Administración local. Ediciones Rodio. Sevilla, 2015.; RODRÍGUEZ-ARANA, Jaime. Derecho Administrativo Global y Derecho fundamental a la buena Administración pública. Tomado de http://www.acaderc.org.arTest/ doctrina/articulos/Derecho-administrativo-global-y-Derecho.; RODRÍGUEZ MARTINEZ, José Eduardo. Editor académico. Las miradas a la Globalización desde el Estado, el Derecho y el territorio. Bogotá: Universidad Libre, 2015.; ——————-, Estado, Constitución y territorialidad. Bogotá: Universidad Libre, 2016.; ROSADO PACHECO, Santiago. Modelos europeos de justicia contencioso-administrativa. Editorial Dykinson, Madrid, 2007.; ROTH DEUBEL, André-Noël. Políticas públicas. Formulación, implementación y evaluación. Bogotá, Ediciones Aurora, 2007.; SALAZAR CORCHO, Rafael Allende. La regulación de la economía colaborativa: AIRBNB, BLABLACAR, UBER y otras plataformas. Tirant lo Blanch. Madrid, 2017.; SAN MARTÍN, Raquel. Periódico La Nación de Argentina, publicado por el diario El Tiempo bajo el título “¿Creará la tecnología una nueva forma de capitalismo?”, el 27 de septiembre de 2015.; SANDEL, Michael. Lo que el dinero no puede comprar. Debate, Bogotá, 2013; SANTAMARÍA, Pastor. Juan Alfonso. Apuntes del Derecho Administrativo. Universidad Complutense de Madrid, Madrid, 1987.; SANTAMARÍA. Juan Alfonso. Principios de Derecho Administrativo general tomo I. Centro de Estudios Ramón Areces, Madrid, 1988.; SANTOFIMIO GAMBOA, Jaime Orlando, Tratado de Derecho Administrativo. Tomo II. Universidad Externado de Colombia. Bogotá, 1998.; SEISDEDOS, Gildo. Cómo gestionar las ciudades del siglo XXI: del “city marketing” al “urban management”. Ed. Pearson Educación. México, 2007.; SERNA DE LA GARZA, José María. Reflexiones sobre el concepto de Gobernanza Global y su impacto en el ámbito jurídico. Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM. México. D. C., 2009.; SERRANO SALOMÓN, David Andrés. La huida del Derecho Administrativo en España y en Colombia. Un panorama desde las entidades descentralizadas. En: Revista de Derecho público. Bogotá. 2015. N° 34.; SIMONNET J. Les parlements sous l’ancienne monarchie, Leurs Grandeurs et Leurs Faiblesses. Revue historique de droit français et étranger (1855-1869), Vol. 4 1858.; SIMMONS, Merle E. La revolución norteamericana en la independencia de Hispanoamérica. Ediciones Mapfre, Madrid, 1992. SLAVIN, Luis Pablo. El capitalismo depredador: los escándalos corporativos del siglo XXI. Editorial Biblos, Buenos Aires, 2005.; SOTO KLOSS, Eduardo. Sobre el origen de la “Teoría del Fisco” como vinculación privatista del Príncipe, Revista de Derecho Público n. 12, Santiago de Chile, 2014.; STEINACKER. Edition: Zweite unverandert auflage. Editorial: Darmstadt: Wissenschaftliche Buchgesellschaft, 1959. Ullmann, Walter, Methuen, London, 1969.; STIGLIZ, Joseph. El malestar en la Globalización. Taurus. Bogotá, 2002.; TEUBNER, Gunther, SASKIA, Sassen y STEPHEN, Krasner. Estado, soberanía y Globalización. Bogotá, Siglo del Hombre Editores, Instituto Pensar, Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, Bogotá, 2010.; TODOLÍ SIGNES, Adrián. El trabajo en la era de la economía colaborativa. Tirant Lo Blanch. Madrid, 2017.; TWINING, William. Derecho y Globalización. Traducción Oscar Guardiola-Rivera y otros. Siglo del Hombre Editores, Instituto Pensar, Universidad de los Andes –Facultad de Derecho. Bogotá, 2005.; TWINING, William. Derecho y Globalización. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, Instituto Pensar, Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, 2013.; ——————. Derecho y Globalización. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, Instituto Pensar, Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, 2013.; ULPIANO. Reglas de Ulpiano. Instituto Nacional de Estudios Jurídicos. Madrid, 1946.; URUEÑA, René. Compilador. Derecho Internacional. Poder y límites del Derecho en la sociedad global. Bogotá: Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, Ediciones Uniandes, Bogotá, 2015.; VEDDEL, Georges. Derecho Administrativo. Biblioteca Aguilar, Madrid, 1980.; VÉLEZ GARCÍA, Jorge. Los dos sistemas del Derecho Administrativo: ensayo de Derecho público comparado, Institución Universitaria Sergio Arboleda, Bogotá D.C., 1996.; VIDAL PERDOMO, Jaime. Derecho Administrativo. Legis editores S.A. Doceava edición. Bogotá, 2004.; ————. La reforma del consejo de estado francés o forcejeo entre el gobierno y la universidad. Revista del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. — Vol. 57, no. 461-462 (Mar./Jul.1963). Bogotá.; VILLAR PALASÍ, José. Fisco versus Administración: la teoría nominalista del impuesto y la teoría de las prestaciones administrativas. En Contribuciones a la Economía. Madrid, 2010.; ————. “La actividad industrial del Estado en el Derecho Administrativo”. En: Revista de Administración Pública. No. 3. Madrid, 1950.; ————. Derecho Administrativo. Introducción y teoría de las normas. Madrid, 1968.; VON STEIN, Lorenzo. Movimientos sociales y monarquía. Centro de Estudios Constitucionales. Madrid, 1981.; —————-. Tratado de teoría de la Administración y Derecho Administrativo. México: Fondo de Cultura Económica, 2016.; VON BOGDANDY, Armin y MIR PUIGPELAT, Oriol. / Coordinadores. El Derecho Administrativo en el espacio jurídico europeo. Valencia, España: Editorial Tirant lo Blanch, 2013.; WEIL, Prosper. El Derecho Administrativo. Cuaderno civitas. Madrid, 1966.; YAMAMOTO, Soji. The Positive Basis of International Administrative Law. En Law and Contemporary Problems Vol. 68, No. 3/4, The Emergence of Global Administrative Law. Neu York,2005.; YOUNES MORENO, Diego. Las reformas del Estado y de la Administración Pública. Bogotá: Imprenta Nacional de Colombia, 2012.; ZIPPELIUS, Reinhold, Teoría general del estado: (ciencia de la política), Universidad Nacional Autónoma de México UNAM, México, 1985.; ZUCKERMAN, Mortimer. The Great Recession Continues. The Wall Street Journal. 01.21.2010; ALEMANIA. LEY FUNDAMENTAL DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA / LEY FUNDAMENTAL DE BONN del 22 de mayo de 1949. Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland. Traducción. Prof. Dr. Ricardo García Macho, Universidad Jaime I (Castellón); Prof. Dr. Karl-Peter Sommermann, Deutsche Hochschule für Verwaltungs wissenschaften Speyer. Edición del texto actualizado de 2010.; ARGENTINA. CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA. 03 de enero de 1995.; BOLIVIA. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE BOLIVIA. 07 de febrero de 2009.; COLOMBIA. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. Códigos básicos, Legis editores S.A. Bogotá, 2018; ECUADOR. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. Decreto legislativo 0, Registro oficial 449 del 20 de octubre de 2008, última modificación 13 de julio de 2011, estado vigente.; ESPAÑA. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. 1978.; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Departamento de Estado de los Estados Unidos, Oficina de Programas de Información Internacional, 2004.; FRANCIA. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FRANCESA. 04 de octubre de 1958, actualizada con la ley constitucional del 23 de julio de 2008.; ITALIA. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ITALIANA. 21 de diciembre de 1947.; MÉXICO. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 05 de febrero de 1917, incluye la reforma DOF del 29 de enero de 2016.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 4 (20, agosto, 1913). Código de Régimen Político y Municipal. Imprenta Nacional de Colombia, Bogotá, 2013.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 80 (28, 0ctubre, 1993). Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 41.094 del 28 de octubre de 1993.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 105 (30, diciembre, 1993). Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 41.158 del 30 de diciembre de 1993.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 142 (11, julio, 1994). Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 41.433 del 11 de julio de 1994.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 412 (06, noviembre, 1997). Por la cual se aprueba la “Convención Interamericana contra la Corrupción”, suscrita en Caracas el 29 de marzo de 1996. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 43.168 del 7 de noviembre de 1997.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 489 (29, diciembre, 1998). Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 43.464 del 30 de diciembre de 1998.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 734 (05, febrero, 2002). Por la cual se expide el Código Disciplinario Único. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 44.699 del 5 de febrero de 2002.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1150 (16, julio, 2007). Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 46.691 de 16 de julio de 2007.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1341 (30, julio, 2009). Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 47.426 del 30 de julio de 2009.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1437 (18, enero, 2011). Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Colección de textos jurídicos No. 1, Bogotá, 2011.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1444 (04, mayo, 2011). Por medio de la cual se escinden unos Ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al Presidente de la República para modificar la estructura de la Administración Pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 48.059 del4 de mayode 2011.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 1454 (28, junio, 2011). Por la cual se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones. Bogotá, D.C. Diario Oficial No. 48.115 del 29 de junio de 2011.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. PROYECTO DE LEY 126 –SENADO- (25, noviembre, 2015). Por medio de la cual se crea el servicio privado de transporte mediante plataformas tecnológicas y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Gaceta del Congreso del 25 de noviembre de 2015.; COLOMBIA. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. Decreto constitucional 1421 (21, Julio, 1993). Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 40.958 del 22 de julio de 1993.; COLOMBIA. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. Decreto 2297 (27, noviembre,2015). Por el cual se modifica y adiciona el Capítulo 3, Título 1, Parte 2, Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015, en relación con la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en los niveles básico y de lujo. Bogotá D.C. Diario oficial No. 49.709 del noviembre 27 de 2015.; COLOMBIA. MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Resolución 02475 (14, junio, 2016). Por medio de la cual se adelanta una declaratoria de existencia de razones de interés público. Bogotá D.C.; el Ministerio, 1993. 10 p.; COLOMBIA. SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE. Resolución No. 07838 (02, marzo, 2016).Por la cual confirmó la sanción de 700 SMLMV (equivalentes a $451’045.000) impuesta a la sociedad UBER COLOMBIA S.A.S. Bogotá D.C.; la Superintendencia, comunicado del 07 de marzo de 2016.; COLOMBIA. ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ. Decreto 782 (30 de noviembre de 1994). Por el cual se crea la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, dependiente del Despacho del Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, D.C. Bogotá D.C. Registro Distrital No. 910 del 7 de diciembre de 1994.; COLOMBIA. CONSEJO DE BOGOTÁ, D.C. Acuerdo 257 (30 de noviembre de 2006). Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones. Bogotá D.C. Registro Distrital No. 3.662 del 30 de noviembre de 2006.; COLOMBIA. CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. Acuerdo 489 (12, junio, 2012). Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2012-2016 Bogotá Humana. Bogotá D.C. Anales del Concejo del 12 de junio de 2012.; COLOMBIA. ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ. UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ D.C. Resolución 065 (08, febrero, 2011). Por la cual se declara la urgencia manifiesta con el fin de dar continuidad a la prestación del servicio público de aseo en sus componentes de recolección, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final y todas las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que ello conlleva, y la correspondiente interventoría administrativa, técnica, operativa, económica, financiera y contable, ambiental, sanitaria y de sistemas. Bogotá D.C. Registro Distrital No. 4.835 del 14 de febrero de 2012.; COLOMBIA. ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ. UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ D.C. Resolución 552 (08, septiembre, 2011). Por la cual se declara la urgencia manifiesta con el fin de dar continuidad a la prestación del servicio público de aseo en sus componentes de recolección, barrido, limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final y todas las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que ello conlleva. Bogotá D.C. Registro Distrital No. 4.788 del 7 de diciembre de 2011.; COLOMBIA. ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ. Decreto 564 (10, diciembre, 2012). Por medio del cual se adoptan disposiciones para asegurar la prestación del servicio público de aseo en el Distrito Capital en acatamiento de las órdenes impartidas por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia T-724 de 2003 y en los Autos números 268 de 2010, 275 de 2011 y 084 de 2012. Bogotá D.C. Registro Distrital No. 5.022 del 10 de diciembre de 2012.; COLOMBIA. ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ. Decreto 570 (14, diciembre, 2012). Por medio del cual se decreta el estado de prevención o alerta amarilla para el manejo y control adecuado de los Residuos Sólidos Urbanos generados en el Distrito Capital dentro del marco de Gestión Integral de Residuos Sólidos y se adoptan otras disposiciones. Bogotá D.C. Registro Distrital No. 5.025 del 14 de Diciembre de 2012.; COLOMBIA. ALCALDÍA MAYOR DEL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTÁ. UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ D.C. Resolución 768 (17 de diciembre de 2012). Por la cual se declara la urgencia manifiesta con el fin de dar continuidad a la prestación del servicio público de aseo en sus componentes de recolección, con excepción del material potencialmente reciclable y cuya recolección corresponda a la población recicladora de oficio bajo el esquema de inclusión implementado por el Distrito Capital a través de la UAESP, el barrido, la limpieza de vías y áreas públicas, corte de césped, poda de árboles en áreas públicas y transporte de los residuos al sitio de disposición final y todas las actividades de orden financiero, comercial, técnico, operativo, educativo y administrativo que ello conlleva; dar cumplimiento al Auto de la Corte Constitucional No. 275 del 19 de diciembre de año 2011, por el cual se obliga a la UAESP a ejecutar acciones afirmativas que hagan efectiva la inclusión de la población recicladora de oficio en la actividad del aprovechamiento, y al Decreto Distrital No. 564 del 10 de diciembre de 2012, por medio del cual se adoptan disposiciones para asegurar la prestación del servicio público de aseo en el Distrito Capital en acatamiento a las órdenes impartidas por la Honorable Corte Constitucional en la Sentencia T-724 de 2003 y en los Autos 268 de 2010, 275 de 2011 y 084 de 2012. Bogotá D.C. Registro Distrital No. 5.067 del 19 de febrero de 2013.; COLOMBIA. CONSEJO DE ESTADO. SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Radicado 110010325000201400360 00. No. Interno 1131-2014. MP. Cesar Palomino Cortés. Bogotá 15 de noviembre de 2017. Folio 22.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-137 del 09 de abril de 1996. MP. Eduardo Cifuentes Muñoz.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-1157 del 04 de septiembre de 2000. MP. Antonio Barrera Carbonell.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-551 del 09 de julio de 2003. MP. Eduardo Montealegre Lynetth.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-724 del 20 de agosto de 2003. MP. Jaime Araujo Rentería.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-677 del 15 de julio de 2004. MP. Marco Gerardo Monroy Cabra.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-988 del 12 de octubre de 2004. MP. Humberto Sierra Porto.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-028 del 26 de enero de 2006. MP. Humberto Antonio Sierra Porto.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-541 del 30 de junio de 2010. MP. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia SU-712 del 17 de octubre de 2013. MP. Jorge Iván Palacio Mejía.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-355 del 05 de junio de 2014. MP. Nilson Pinilla Pinilla.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-500 del 16 de julio de 2014. MP. Mauricio González Cuervo.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia SU-355 del 11 de junio de 2015. MP. Mauricio González Cuervo.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-445 del 19 de agosto de 2016. MP. Jorge Iván Palacio Palacio.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-622 del 10 de noviembre de 2016. MP. Jorge Iván Palacio Palacio.; CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS “CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1. Naturaleza y Régimen Jurídico. Estatuto de la CIDH. Obtenido de http://www.corteidh.or.cr/index.phpTest/ acerca-de/estatuto; COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS “I. NATURALEZA Y PROPÓSITOS. Artículo 1. 1 Documento rescatado en diciembre 2017 de http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/estatutoCIDH.aspTest; CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. “Artículo 23. Derechos Políticos. Extraído diciembre de 2017 de https://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-2_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdfTest.; AUTO No. 14 emitido por el Juzgado de lo mercantil No. 2 de Madrid, España del 09 de diciembre de 2014.; http://definicion.de/organismo-internacionalTest; http://iilj.orgTest/GAL/documents/ElsurgimientodelDerechoAdministrativoGlobal.pdf; http://librospdfgratis.org/index.php/2016/12/25/historia-de-las-ideas-politicas-jean-touchard-pdfTest; http://repository.udistrital.edu.co/bitstream/11349/6661/1/VaquiroDiazLuisaFernanda2017.pdfTest; http://www.cnnexpansion.com/tecnologia/2016/01/07/mexico-la-tercera-operacion-mas-grande-de-uber-en-el-mundoTest.; http://www.dinero.com/empresas/articulo/cuanto-cuesta-pedir-un-uber-ycuanto-coger-un-taxi/220790Test.; http://www.elcorreogallego.es/opinion/firmas/ecg/el-estado-global/idEdicion-2015-08-05/idNoticia-946146Test; http://www.finanzas.com/xl-semanal/magazine/20140706/travis-kalanick-fundador-uber-7377.htmlTest; http://www.iilj.orgTest/gal/documents/GlobalAdministrativeLawHarlow.pdf; http://www.jstor.org/stable/43840228Test; https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2544/17.pdfTest; https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/17506.pdf+&cd=1&hl=es&ct=clnk&gl=coTest; https://elpais.com/economia/2017/12/20/actualidad/1513755526_225314.htmlTest; https://hipertextual.com/2017/02/que-son-las-licencias-vtc-y-como-funcionanTest; https://www.academia.edu/9688227/Por_que_y_como_hacer_analisis_economico_del_DerechoTest; https://www.jstor.org/stable/27592106?seq=1#page_scan_tab_contentsTest; https://www.macba.cat/PDFs/saskia_sassen_manolo_laguillo_cas.pdfTest; https:/www.juridicas.unam.mx; http://www.revistateina.es/teina/web/Teina4/dossiesassen.htmlTest; http://www.fes-sociologia.com/files/res/1/13.pdfTest; http://www.la-razon.com/la_gaceta_juridica/Derecho-Administrativo-Unidos_0_2424957593.htmlTest; http://www.iilj.orgTest/gal/documents/Introduction.pdf; http://www.uaesp.gov.co/uaesp_jo/images/documentos/estamos_de_Test acuerdo.pdf 278; http://archivobogota.secretariageneral.gov.co/sites/default/files/fondo_documental/10.%20Guia-Empresa-Distrital-Servicios-Publicos.pdfTest; http://www.eltiempo.com/bogota/conductor-de-uber-al-que-mataron-por-robarle-el-carro-en-176334Test; http://www.lanacion.com.ar/1849108-un-uber-para-casi-todo-es-imparable-elfenomeno-de-la-uberizacion-de-la-economiaTest; https://www.uv.es/gadopasTest/; https://www.academia.edu/35896079/Economia_colaborativa_y_Administracion_localTest; https://www.icann.org/esTest http://www.iso.org/iso/home.htmlTest http://www.fairlabor.org/esTest; https://www.uiaf.gov.co/index.php?idcategoria=29270Test; htpp://daccess-ods.un.org/Access.nsf/Get?Open&JN=NR000740; AMAT, Yamid. Uber ofrece crear fondo para ayudar a los taxistas. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes leer, El reportaje de Yamit, p. 4, domingo 2 de agosto de 2015.; AMAT, Yamid. Estamos construyendo una nueva economía. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, entrevista, p. 14, domingo 12 de junio de 2016.; BASTIDAS URRESTY, Édgar. El nuevo milenio y las tecnologías. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes leer, p. 16, jueves 21 de julio de 2016.; BUSTAMANTE HERNANDEZ, Nicolás. Mi primera noche en Airbnb. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes hacer, ps. 1 y 2, jueves 12 de mayo de 2016.; GÓMEZ CARVAJAL, Natalia. Lio entre taxis y carros blancos se sale de control. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 6, jueves 16 de abril de 2015.; GÓMEZ CARVAJAL, Natalia. En medio de limbo jurídico, Uber lanza nuevo servicio. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 25, domingo 19 de junio de 2016.; GUEVARA, Carlos. El plan para apagar a Uber en Colombia. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 9, domingo 4 de septiembre de 2016.; LONDOÑO VELEZ, Sebastián. Airbnb busca un espacio en el mercado hotelero. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección vivienda, p. 1, sábado 5 de noviembre de 2016.; NOGUERA, Natalia. Colombia inicia las conversaciones para regular Airbnb. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 1, viernes 23 de junio de 2017.; PEÑA CASTAÑEDA. Camilo. Netflix, Airbnb, Uber… ¿regular o prohibir?. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes hacer, p. 1, martes 13 de junio de 2017.; PEREZ ZABALA, Victoria. El hombre detrás de Airbnb. “Nadie quería invertir para que desconocidos pudieran dormir en casas ajenas. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 1 y 2, domingo 18 de junio de 2017.; REDACCIÓN TECNÓSFERA. Autoridades barajan 3 salidas al lio de Uber. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 12, domingo 26 de julio de 2015.; REDACCIÓN MOVILIDAD. Indignación por nueva amenaza de los taxistas. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 14, sábado 10 de octubre de 2015.; REDACCIÓN DECISIONES. Colombia logra otro avance clave en la Ocde. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 17, sábado 24 de octubre de 2015.; REDACCIÓN TECNÓSFERA. Lo que sigue en el desenlace del lio Uber vs. Taxis. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 26, domingo 29 de noviembre de 2015.; REDACCIÓN TECNÓSFERA. Lanzan ofensiva judicial para poner freno a Uber. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 3, jueves 30 de junio de 2016.; REDACCIÓN TECNÓSFERA. Uber echa a rodar su carro sin conductor. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 16, domingo 18 de septiembre de 2016; REDACCIÓN MOVILIDAD. Alistan decreto para uso de aplicaciones en taxis. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 5, viernes 28 de abril de 2017.; REDACCIÓN POLÍTICA. Colombia va en camino a la Ocde. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 7, viernes 23 de junio de 2017.; REDACCIÓN ESTUDIO. Los colombianos acuden más a internet como asesor financiero. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 2, lunes 3 de julio de 2017.; REDACCIÓN TECNOLOGÍA. “Estamos abiertos a regulación”: Uber. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección tecnología, p. 2.6, viernes 16 de marzo de 2018.; REDACCIÓN ECONOMÍA. Justicia europea da un nuevo golpe a Uber. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección economía, p. 1.9, jueves 12 de abril de 2018.; REDACCIÓN PÚBLICO. Alistan demanda por agresión de taxistas. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 20, sábado 13 de febrero de 2016.; REDACCIÓN POLÉMICA. Pelea de taxistas con Uber se sale de control. Uber, no solo en Bogotá. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 20, domingo 14 de febrero de 2016.; RESTREPO, Carlos. “Un personaje como Trajano le vendría muy bien al siglo XXI”. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes leer, p. 3, domingo 5 de junio de 2016.; SAN MARTÍN, Raquel. ¿Creará la tecnología una nueva forma de capitalismo? Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes leer, p. 3, domingo 20 de septiembre de 2015.; SOLANA, Javier. La ilusión de la “soberanía mágica” en la Unión Europea. Bogotá: diario EL TIEMPO, sección debes saber, p. 20, domingo 12 de abril de 2015.; ÁMBITO JURÍDICO. Reglamentación aviva debate sobre taxis de lujo. Bogotá: p. 9, edición de 7 de diciembre de 2015 al 10 de enero de 2016.; DIARIO LA NACIÓN.“Un Uber para casi todo: ¿es imparable el fenómeno de la “uberización”de la economía?”. 27 de noviembre de 2015.; MUÑOZ SEGURA, Ana María. Otro elemento más en la discusión. La pesadilla de Uber. Bogotá: ÁMBITO JURÍDICO. p. 13 y 15, edición de 20 de julio al 6 de agosto de 2015.; VILLEGAS CARRASQUILLA, Lorenzo. Uber y los retos de la tecnología. Bogotá: ÁMBITO JURÍDICO. p. 18, edición de 7 de diciembre de 2015 al 10 de enero de 2016.; ZAMBRANO, Fabio. Uber y taxis amarillos, al límite de las innovaciones tecnológicas. Bogotá: UN Periódico, No. 191, Universidad Nacional de Colombia, sección ciencia y territorio, p. 8, agosto de 2015.; PEÑA TORRES, Diego Isaías. El trasegar del acto administrativo en Colombia: Entre el retrato y la conveniencia, Universidad de los Andes, Revista de Derecho Público, Bogotá, 2006.; https://hdl.handle.net/10901/19329Test; https://doi.org/10.18041/978-958-5578-62-3Test

  2. 2
    رسالة جامعية

    المؤلفون: Amado Abril, Jesús Hernando

    المساهمون: Forero Salcedo, José Rory

    جغرافية الموضوع: Bogotá

    وصف الملف: PDF; application/pdf

    العلاقة: ALLI ARANGUREN, Juan-Cruz. Derecho Administrativo y Globalización. Madrid: Thomson Civitas, 2004.; ALTAMIRA GIGENA, Julio Isidro, Responsabilidad del estado. Buenos Aires: Editorial Astrea, 1973.; ALVAREZ LONDOÑO, Luis Fernando. Derecho Internacional pùblico. Bogotá: Universidad Pontificia Universidad Javeriana, 2007; AMADO ABRIL, Jesús Hernando. El Derecho Administrativo global y las aplicaciones tecnológicas para el transporte individual. Salamanca: Universidad de Salamanca, 2016.; AMATUCCI Andrea, Historia del Derecho de la hacienda pública y del Derecho tributario en Italia: el aporte del pensamiento jurídico financiero de la Italia meridional. Bogotá: Temis, 2004.; ARIÉS, Philippe, El niño y la vida familiar en el Antiguo Régimen. Madrid: Ediciones Taurus, 1987.; ARIÑO ORTIZ, Gaspar. Economía y Estado – Crisis y reforma del sector público. Madrid: Marcial Pons, 1993.; BARANDICA DOMINGUEZ, Adalberto, La globalización del Derecho frente al contrato público global (modelo de contrato público global). Barranquilla: Universidad Nacional de Colombia, Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, 2013.; BARÓN BARRERA, Guillermo, Transformación del Derecho administrativo en Derecho económico. Bogotá: Ediciones de la U, 2015.; BARNES, Javier. Editor y coordinador. Las transformaciones del Derecho administrativo. Sevilla: Editorial Derecho Global-Global Law Press, 2008; BATTINI, Stefano. International Organizations and Private Subjects: A Move Toward a Global Administrative Law? Institute for International Law and Justice New York University School of Law, 2005; BAUMAN, Z. Tiempos Líquidos. Vivir en una época de incertidumbre. Tusquets Editores México S.A. de C.V. México DF, 2008.; BAUMAN, Zygmunt y BORDONI, Carlo. Estado de crisis. España: Espasa Libros, S.L.U., Barcelona, 2016. BECK, U. Poder y contrapoder en la era global. Barcelona: Paidós Ibérica S, 2004; BURBANK, Jane y COOPER, Frederick. Imperios, Crítica. Barcelona, 2011.; BURGOS SILVA, José German. La judicialización del Derecho internacional en el Contexto de la Globalización. En:El acceso al Derecho Global. El otro Derecho. Bogotá, 2001.; CALDERÓN ORTEGA, José Manuel. Felipe el Hermoso, Espasa, Madrid, 2001. CARBONELl, M. Constitucionalismo y democracia. Ensayos críticos. México: Porrúa, 2004.; CARRE DE MALBERG, Raymond, Teoría General del Estado, Fondo de Cultura Económica, México, 1948.; CASSESE Sabino. Derecho Administrativo: Historia y futuro. INAP. Madrid, 2014.; COSSALTER, P. Les grands arrêts de la jurisprudence administrative. Mémoire pour le DEA de Droit Public Interne de L‟Université Panthéon-Assas (Paris II), 1999.; CUÉTARA, Juan Miguel de la. Título, La actividad de la Administración: lecciones de Derecho administrativo, Tecnos, Madrid, 1983.; DARESTE, Rodolphe. Études sur les origines du contentieux administratif en France. II. Le Conseil d‘État., en Revue historique de droit français et étranger (1855-1869). Vol. 1 (1855). Editorial Dalloz. pp. 239-271. Recuperado de http://www.jstor.org/stable/43840228Test; DE SOUSA SANTOS, Boaventura. La globalización del Derecho. Los nuevos caminos de la regulación y la emancipación. Santa Fe de Bogotá: Facultad de Derecho, Ciencias Políticas UN, ILSA. 2002.; DE TOCQUEVILLE, Alexis. La democracia en América. México: Fondo de cultura económica, décimo quinta reimpresión, 2011.; DEL SAZ CORDERO, Silvia. La huida del Derecho administrativo: últimas manifestaciones: Aplausos y críticas. En: Revista de Administración pública. Madrid. 1994. N° 133.; DESCHNER, Karlheinz, Alta edad media: el auge de la dinastía carolingia, Ediciones Martínez Roca, Barcelona, 1995.; DEZALAY, Yves y GARTH, Bryant G. ―La internacionalización de las luchas por el poder”. Traducciñn Antonio Barreto. Coediciñn: ILSA Instituto Latinoamericano de Servicios Legales Alternativos. Bogotá, 2002.; DOMENECH PASCUAL, Gabriel. Derechos fundamentales y riesgos tecnológicos. El derecho del ciudadano a ser protegido por los poderes públicos. Centro de estudios políticos y constitucionales. Madrid, 2006.; DUBET, Anne, La hacienda real de la Nueva Planta (1713-1726), entre fraude y buen gobierno, Fondo de Cultura Económica, México, 2015.; DUBY, Georges, Europa en la edad media, Planeta-De Agostini, Barcelona, 1994. DWORKIN, Ronald. Los Derechos en serio. Planeta Agostini. Barcelona, 1977.; ESCOBAR MARTÍNEZ, Lina Marcela. La Huida del Derecho Administrativo, En: Revista Holística Jurídica N.3. Universidad San Buenaventura. Medellin, 2005.; ESTY, Daniel C. Good Governance at the Supranational Scale: Globalizing Administrative Law, 115 Yale Law Journal, 1490, 2006; FOUCAULT, Michel. Seguridad, territorio y población. México: Fondo de Cultura Económica, 2014.; FALCAO MARTINS, Humberto y MARINI, Caio. Una guía de gobernanza para resultados en la Administración Pública. Brasilia –DF-: Publix Editora, 2010.; FORERO SALCEDO, José Rory. Fundamentos constitucionales de la potestad disciplinaria del Estado colombiano. La influencia del Derecho comparado. Bogotá: Universidad Libre, primera edición, 2011.; FORSTHOFF, Ernst. Tratado de Derecho Administrativo. Instituto de Estudios Políticos. Madrid, 1958.; GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, décima octava época, México 15 de julio de 2015, No. 133 Bis.; GARCÍA-HERREROS SALCEDO, Orlando. Lecciones de Derecho administrativo, Institución Universitaria Sergio Arboleda, Bogotá D.C., 1994.; GARCÍA-PELAYO, Manuel. Las Transformaciones del Estado Contemporáneo. Madrid. Alianza, 1996; GARZÓN OSPINA, Andrés Fernando. La constitucionalización del Derecho administrativo. En la constitucionalización del Derecho administrativo- XV JORNADAS-. Universidad Externado de Colombia, 2014.; GÓMEZ CARDONA, Efraín, La Responsabilidad del Estado en la Constitución de 1991, Biblioteca Jurídica Dike, Medellín, 1995.; GONZÁLEZ FRANCO, Diana Julieth. La operación fénix: Evaluación del sistema de solución de controversias de la OEA a la luz del Derecho administrativo global, Universidad Nacional de Colombia, Bogotá, 2013.; GONZÁLEZ LATORRE, Indira. El juez administrativo colombiano. ¿Un actor influyente en el fortalecimiento del Estado social y constitucional de Derecho? Universidad del Rosario, 2015.; GONZÁLEZ LAYA, Arancha. Globalización y Derecho. Una visión desde la organización mundial del comercio, en Derecho Administrativo global. INAP. Madrid. Marcial Pons Ediciones Jurídicas y sociales, 2010.; GORDILLO, Agustín. Director. El nuevo Derecho Administrativo en América Latina. Buenos Aires: ediciones Rap S.A, 2009. GUÉRARD, Stephan. Le juge administratif en France. Contemporary Readings in Law and Social Justice Volume 5(2), 2013.; GUERRERO OROZCO, Omar. El origen de la ciencia de la Administración. Editorial Publimex, s.a. México, 1990.; GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN. Universidad Libre. Facultad de Derecho. Centro de Investigaciones Socio Jurídicas. Bogotá, 2011.; HABËRLE, Peter. El Estado constitucional. Buenos Aires, Argentina: Editorial Astrea de Alfredo y Ricardo Depalma SRL, 2007.; HARMON, Michael M. y MAYER, Richard. Fundamentos de la teoría de las organizaciones y la Administración Pública. En Teoría de la organización para la Administración Pública. . Fondo de Cultura Económica. Primera edición. México; JIMÉNEZ, William Guillermo. Globalización jurídica Estado-nación y territorio. Universidad Libre de Colombia. Bogotá. 2015.; KELSEN, Hans. Teoría General del Estado. Editora Nacional. México, 1957.; KEYNES, John Maynard. Teoría General del Empleo, el Interés y el Dinero. Biblioteca de Grandes Economistas del Siglo XX. Madrid: Ediciones Aosta, 1998.; KINGSBURY & STEWART. Hacia el Derecho Administrativo global. Principios, fundamentos y aplicación. Sevilla: Global Law Press. Editorial Derecho Global, 2012.; KINGSBURY Benedict, KRISCH, Nico and STEWART Richard B. The Emergence of Global Administrative Law. 68 Law & Contemporary Problems 15, 2005.; KINGSBURY, Benedict y KRISCH, Nico. ―Introduction: Global governance and Global administrative law in the International legal order.” European Journal of International Law 17(1): 1-14. 2006.; KINGSBURY, Benedict, KRISCH, Nico, STEWART, Richard, WIENER, Jonathan. “Foreword: Global governance as administration - nation and transnational Approaches to Global administrative law.‖ Law and contemporary problems 68(3- 4): 1-13. 2005.; KINGSBURY, Benedict. y otros. Foreword: Global governance as administration - nation and transnational Approaches to Global administrative law. 2006.; KINGSBURY, Benedict, y STEWART, Richard B. Hacia el Derecho Administrativo Global: fundamentos, principios y ámbito de aplicación. Global Law Press-Editorial Derecho Global. Sevilla, España, 2016; LADEUR, Karl-Heinz. The emergence of global administrative law and transnational regulation. International Law and Justice Working Papers. New York University School of Law. 2011.; LARENZ, Karl. La filosofía contemporánea del Derecho y del Estado. Bogotá: Ediciones Jurídicas Axel, 2009.; LEGENDRE, Pierre. Histoire de l'administration de 1750 à nos jours. PUF. Paris, 1968.; LETOURNEUR, Maxime. El consejo de Estado Francés. Escuela Superior de Administración Pública. Bogotá, 1968.; LONG Marcel, WEIL Prosper, BRAIBANT Guy. Los grandes fallos de la jurisprudencia administrativa francesa. Ediciones Librería el profesional. Primera edición. Bogotá, 2000.; LONG, Marceau, Les grands arrêts de la jurisprudence administrative. Ed. Dalloz, Paris, 2015.; MACCHIA, Marco. The Domestic Implementation of International Regulatory Norms: Department of Transportation v. Public Citizen, en Global administrative law cases, materials, issues. IILJ. New York, 2008.; MALAGÓN PINZÓN, Miguel Alejandro. Vivir en policía. Universidad Externado de Colombia. Bogotá, 2007.; MANNORI, Luca. Justicia y Administración entre antiguo y nuevo régimen. R. ROMANELLI (a cura di), Magistrati e potere nella storia europea. Trad. Alejandro Agüero y Ma Julia Solla. Bologna, 1997.; MARTÍN REBOLLO, Luis. Sobre el nuevo concepto de servicio público en Europa y sus posibles implicaciones futuras. En Actualidad de los servicios públicos en Iberoamérica. México, 2008.; MONTAÑA PLATA, Alberto. El Estado de Derecho y la idea constitucional de un Derecho Administrativo. En La constitucionalización del Derecho administrativo - XV JORNADAS-. Universidad Externado de Colombia, 2014; MONTERO PASCUAL, Juan José y otros. Director. La regulación de la economía colaborativa. Airbnb, BlaBlaCar, Uber, y otras plataformas. Editorial Tirant Lo Blanch. Valencia, España, 2017.; MÜHLBACHER, Engelbert, Deutsche Geschichte unter den Karolingern. Ernst Dümmler; mit nachwort und schrifttumsverzeichnis von Harold. Alemania, 1896.; MULLER, Pierre. Las Políticas públicas. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2010.; NGLEHART, Ronal. Modernización y posmodernización. El cambio cultural, económico y político en 43 sociedades. Traducción María teresa Casado. Editorial Centro de Investigaciones Sociológicas. Madrid, 2001.; NIETO, Alejandro, Estudios históricos sobre Administración y Derecho administrativo. Instituto Nacional de Administración Pública, Madrid, 1986.; ORDOÑEZ-MATAMOROS, Gonzalo / Director. Manual de análisis y diseño de políticas públicas. Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 2013.; ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO –OCDE-. COLOMBIA. Políticas prioritarias para un desarrollo inclusivo. Enero 2015. Obtenido de https://www.oecd.org/about/publishing/colombia-politicasTest- prioritarias-para-un-desarrollo-inclusivo.pdf; ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO –OCDE-. Estudios económicos de la OCDE Colombia. Mayo 2017. Visión general. Obtenido de http://www.oecd.org/eco/surveys/Colombia-2017-OECD-economicTest- survey-overview-spanish.pdf; PEÑA TORRES, Diego Isaías. La construcción del Derecho Administrativo Colombiano. Bogotá: Editorial Temis, 2008.; PÉREZ MARCOS, Regina María (Coord., Teoría y práctica de gobierno en el antiguo régimen, Marcial Pons, Madrid, 2001.; PETIT-DUTAILLIS, Charles Edmond, La monarquía feudal en Francia y en Inglaterra (siglos X a XII). Editorial Hispano-Americana, México, 1961.; REAL ACADEMIA ESPAÑOLA DE LA LENGUA. Diccionario de la Lengua Española. Vigésima Segunda Edición. Tomo 5. Madrid, 2001.; RESTREPO MEDINA, Manuel Alberto y Otros. Globalización del Derecho Administrativo, Estado Regulador y Eficacia de los Derechos. Editorial Universidad del Rosario. Bogotá, 2012.; RIVERO, Jean. Derecho Administrativo. Instituto de Derecho Público. Facultad de Ciencias Jurídicas y políticas. Universidad Central de Venezuela. Caracas, 1984.; ROBLEDO DE DIOS, Tomas Jesús. Auxiliares de la Administración local. Ediciones Rodio. Sevilla, 2015.; RODRÍGUEZ-ARANA, Jaime. Derecho administrativo global y Derecho fundamental a la buena Administración pública. Tomado de http://www.acaderc.org.ar/doctrina/articulos/Derecho-administrativo-global-yTest- Derecho.; RODRÍGUEZ MARTINEZ, José Eduardo. Editor académico. Las miradas a la globalización desde el Estado, el Derecho y el territorio. Bogotá: Universidad Libre, 2015.; SANDEL, Michael. Lo que el dinero no puede comprar. Debate, Bogotá, 2013. SANTAMARÍA, Pastor. Juan Alfonso. Apuntes del Derecho Administrativo.; SANTAMARÍA. Juan Alfonso. Principios de Derecho administrativo general tomo I. Centro de Estudios Ramón Areces, Madrid, 1988.; SANTOFIMIO GAMBOA, Jaime Orlando, Tratado de Derecho administrativo. Tomo II. Universidad Externado de Colombia. Bogotá, 1998.; SEISDEDOS, Gildo. Cómo gestionar las ciudades del siglo XXI: del "city marketing" al "urban management". Ed. Pearson Educación. México, 2007.; SERNA DE LA GARZA, José María. Reflexiones sobre el concepto de Gobernanza Global y su impacto en el ámbito jurídico. Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM. México. D. C., 2009.; SERRANO SALOMÓN, David Andrés. La huida del Derecho administrativo en España y en Colombia. Un panorama desde las entidades descentralizadas. En: Revista de Derecho público. Bogotá. 2015. N° 34.; SIMONNET J. Les parlements sous l‘ancienne monarchie, Leurs Grandeurs et Leurs Faiblesses.Revue historique de droit français et étranger (1855-1869), Vol. 4 1858.; TEUBNER, Gunther, SASKIA, Sassen y STEPHEN, Krasner. Estado, soberanía y globalización. Bogotá, Siglo del Hombre Editores, Instituto Pensar, Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, Bogotá, 2010.; TODOLÍ SIGNES, Adrián. El trabajo en la era de la economía colaborativa. Tirant Lo Blanch. Madrid, 2017.; TWINING, William. Derecho y Globalización. Traducción Oscar Guardiola-Rivera y otros. Siglo del Hombre Editores, Instituto Pensar, Universidad de los Andes – Facultad de Derecho. Bogotá, 2005.; TWINING, William. Derecho y globalización. Bogotá: Siglo del Hombre Editores, Instituto Pensar, Universidad de los Andes, Facultad de Derecho, 2013.; VEDDEL, Georges. Derecho Administrativo. Biblioteca Aguilar, Madrid, 1980.; VÉLEZ GARCÍA, Jorge. Los dos sistemas del Derecho administrativo: ensayo de Derecho público comparado, Institución Universitaria Sergio Arboleda, Bogotá D.C., 1996.; VIDAL PERDOMO, Jaime. Derecho Administrativo. Legis editores s.a. Doceava edición. Bogotá, 2004.; VON STEIN, Lorenzo. Movimientos sociales y monarquía. Centro de Estudios Constitucionales. Madrid, 1981.; WEIL, Prosper. El Derecho Administrativo. Cuaderno civitas. Madrid, 1966.; YAMAMOTO, Soji. The Positive Basis of International Administrative Law. En Law and Contemporary Problems Vol. 68, No. 3/4, The Emergence of Global Administrative Law. Neu York, 2005.; YOUNES MORENO, Diego. Las reformas del Estado y de la Administración Pública. Bogotá: Imprenta Nacional de Colombia, 2012.; ZIPPELIUS, Reinhold, Teoría general del estado: (ciencia de la política), Universidad Nacional Autónoma de México UNAM, México, 1985.; ZUCKERMAN, Mortimer. The Great Recession Continues. The Wall Street Journal. 01.21.2010; ALEMANIA. LEY FUNDAMENTAL DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA / LEY FUNDAMENTAL DE BONN del 22 de mayo de 1949. Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland. Traducción. Prof. Dr. Ricardo García Macho, Universidad Jaime I (Castellón); Prof. Dr. Karl-Peter Sommermann, Deutsche Hochschule für Verwaltungs wissenschaften Speyer. Edición del texto actualizado de 2010.; ARGENTINA. CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA. 03 de enero de 1995.; BOLIVIA. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE BOLIVIA. 07 de febrero de 2009.; COLOMBIA. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. Códigos básicos, Legis editores S.A. Bogotá, 2018.; ECUADOR. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. Decreto legislativo 0, Registro oficial 449 del 20 de octubre de 2008, última modificación 13 de julio de 2011, estado vigente.; ESPAÑA. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. 1978.; ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Departamento de Estado de los Estados Unidos, Oficina de Programas de Información Internacional, 2004.; FRANCIA. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FRANCESA. 04 de octubre de 1958, actualizada con la ley constitucional del 23 de julio de 2008.; ITALIA. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ITALIANA. 21 de diciembre de 1947.; MÉXICO. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. 05 de febrero de 1917, incluye la reforma DOF del 29 de enero de 2016.; de Régimen Político y Municipal. Imprenta Nacional de Colombia, Bogotá, 2013. COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 80 (28, 0ctubre, 1993). Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 41.094 del 28 de octubre de 1993. COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 105 (30, diciembre, 1993). Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 41.158 del 30 de diciembre de 1993.; COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 142 (11, julio, 1994). Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 41.433 del 11 de julio de 1994. COLOMBIA. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Ley 412 (06, noviembre, 1997). Por la cual se aprueba la ―Convención Interamericana contra la Corrupción‖, suscrita en Caracas el 29 de marzo de 1996. Bogotá D.C. Diario Oficial No. 43.168 del 7 de noviembre de 1997. COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-137 del 09 de abril de 1996. MP. Eduardo Cifuentes Muñoz.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-1157 del 04 de septiembre de 2000. MP. Antonio Barrera Carbonell. COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia C-551 del 09 de julio de 2003. MP. Eduardo Montealegre Lynetth. COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-724 del 20 de agosto de 2003. MP. Jaime Araujo Rentería.; COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-724 del 20 de agosto de 2003. MP. Jaime Araujo Rentería. COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA. Sentencia T-677 del 15 de julio de 2004. MP. Marco Gerardo Monroy Cabra. CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS “CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1. Naturaleza y Régimen Jurídico. Estatuto de la CIDH. Obtenido de http://www.corteidh.or.cr/index.php/acercaTest- de/estatuto; COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ―I. NATURALEZA Y PROPÓSITOS. Artículo 1. 1 Documento rescatado en diciembre 2017 de http://www.oas.org/es/cidh/mandato/Basicos/estatutoCIDH.aspTest CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. ―Artículo 23. Derechos Políticos. Extraído diciembre de 2017 de https://www.oas.org/dil/esp/tratados_BTest- 2_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos.pdf.; AUTO No. 14 emitido por el Juzgado de lo mercantil No. 2 de Madrid, España del 09 de diciembre de 2014.; https://hdl.handle.net/10901/11814Test; instname:Universidad Libre; reponame:Repositorio Institucional Universidad Libre